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Zonas de protección junto a cursos de agua: requisitos legales y dimensiones
Las franjas de protección a lo largo de los cursos de agua serán obligatorias a partir de 2023: directrices, dimensiones y aplicación según la legislación sobre abonos y la PAC
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Descripción detallada
A partir de 2023, las franjas de protección a lo largo de los cursos de agua serán obligatorias en virtud de la legislación sobre abonos y la Política Agrícola Común (PAC). Estas franjas mejoran la calidad del agua, fomentan la biodiversidad y están libres de abonos, productos fitosanitarios y biocidas. La anchura varía según el tipo de curso de agua: 5 metros para cursos de agua ecológicamente vulnerables y sujetos a la Directiva sobre el estado de las aguas (DMA) con una anchura superior a 10 metros; 5 metros para cursos de agua sujetos a la DMA de hasta 10 metros de anchura; 3 metros para cursos de agua que no se secan o que se secan brevemente, 1 metro para los cursos de agua que se secan durante un periodo prolongado, y 0 metros para las zanjas y acequias secas. Si la franja de protección total ocupa más del 4 % de la parcela, la anchura puede reducirse, dependiendo de la opción de cálculo. La anchura se determina mediante «1.º cálculo > 4 %» o «2.º cálculo > 4 %». En el caso de un talud de al menos 2 metros de ancho con una pendiente de hasta 1:3, la franja de protección comienza a 1 metro de la línea de agua. El espacio entre la línea de agua y la franja de protección no se tiene en cuenta para la aplicación de estiércol.
Información detallada sobre la contribución
- Proyecto
- Ubicación
- Netherlands
- Autores
- Agrodis
- Propósito
- Other
- Tipo de fichero
- documento
- Creado el
- 01 ene 2024
- Lengua materna
- Dutch
- Web oficial del proyecto
- Groen Kennisnet
- Licencia
- Other
- Palabras clave
- Temas