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Zonas de protección junto a cursos de agua: requisitos legales y dimensiones

Las franjas de protección a lo largo de los cursos de agua serán obligatorias a partir de 2023: directrices, dimensiones y aplicación según la legislación sobre abonos y la PAC

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Descripción detallada

A partir de 2023, las franjas de protección a lo largo de los cursos de agua serán obligatorias en virtud de la legislación sobre abonos y la Política Agrícola Común (PAC). Estas franjas mejoran la calidad del agua, fomentan la biodiversidad y están libres de abonos, productos fitosanitarios y biocidas. La anchura varía según el tipo de curso de agua: 5 metros para cursos de agua ecológicamente vulnerables y sujetos a la Directiva sobre el estado de las aguas (DMA) con una anchura superior a 10 metros; 5 metros para cursos de agua sujetos a la DMA de hasta 10 metros de anchura; 3 metros para cursos de agua que no se secan o que se secan brevemente, 1 metro para los cursos de agua que se secan durante un periodo prolongado, y 0 metros para las zanjas y acequias secas. Si la franja de protección total ocupa más del 4 % de la parcela, la anchura puede reducirse, dependiendo de la opción de cálculo. La anchura se determina mediante «1.º cálculo > 4 %» o «2.º cálculo > 4 %». En el caso de un talud de al menos 2 metros de ancho con una pendiente de hasta 1:3, la franja de protección comienza a 1 metro de la línea de agua. El espacio entre la línea de agua y la franja de protección no se tiene en cuenta para la aplicación de estiércol.

Información detallada sobre la contribución

Proyecto

Groen Kennisnet

Kennis­platform voor de groene sector

Ubicación
Netherlands
Autores
Agrodis
Propósito
Other

Tipo de fichero
documento
Creado el
01 ene 2024
Lengua materna
Dutch
Web oficial del proyecto
Groen Kennisnet
Licencia
Other